Descripción del trámite
El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio público de carácter social que se dirige a familias o personas que tengan dificultades para valerse por sí mismas o mantener el núcleo familiar completo, con objeto de restablecer su bienestar físico, psíquico y/o social mediante un programa individualizado de carácter preventivo, asistencial y/o rehabilitador, contribuyendo a que puedan vivir en su hogar mientras sea posible.
La ayuda domiciliaria puede incluir los siguientes
servicios
- Apoyo doméstico: Compra y preparación de alimentos; apoyo en el lavado de ropa; planchado, repaso y ordenación de ropa; apoyo en la compra de ropa; limpieza de la vivienda (no incluye la realización de grandes limpiezas generales); hacer la cama, limpieza de espacios comunitarios.
- Apoyo personal: Aseo personal; ayuda para levantarse, acostarse e incorporarse del asiento; ayuda en el vestir y en el comer; control y seguimiento de la administración de la medicación, señalada por el médico; apoyo para la movilidad dentro y fuera del hogar.
- Apoyo socio-comunitario: Acompañamiento fuera del hogar en gestiones de carácter personal dentro del ámbito del barrio; acompañamiento en traslados fuera del hogar, por ejemplo, al Centro de Día.
El servicio de ayuda a domicilio se presta todos los días del año, de lunes a domingo de 7 a 22 horas, con una dedicación máxima de tres horas diarias, salvo casos excepcionales.
Quién lo puede solicitar
En general, personas y/o grupos familiares empadronados en Donostia / San Sebastián o su representante legal (mínimo un año antes de la fecha de la solicitud), que requieran, por la pérdida de su autonomía, la intervención temporal o permanente de un servicio de apoyo para continuar residiendo en su domicilio habitual.
- También se contemplarán las situaciones que por motivos familiares, rotan de vivienda, agrupaciones familiares, etc..que estando empadronadas en el momento de la solicitud, no cumplan el requisito de 1 año de empadronamiento
- Con carácter específico podrán ser personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio:
- Las personas mayores de sesenta años con dificultades en su autonomía personal.
- Las personas con discapacidad o minusvalía con dificultades en su autonomía personal.
- Los y las menores de edad cuyas familias no puedan proporcionarles el cuidado y atención que reuieren.
- Los grupos familiares o personas con excesivas cargas, conflictos relacionales, situaciones sociales inestables y/o problemas derivados de enfermedad física y /o psíquicas
En todos los casos, es necesario que las personas abonen el precio público establecido
Cuándo lo pueden solicitar
Documentación necesaria
- Documento de identificación: DNI / NIE.
Dependiendo de la situación personal concreta:
- Libro de familia en caso de existir menores de 18 años en la unidad de convivencia
- Valoración de dependencia emitida por la Unidad de Valoración de la Diputación Foral de Gipuzkoa (si no se dispone de ella en el Area de Bienestar Social)
- Tarjeta sanitaria
- Certificado de todas las posiciones: saldos e intereses actualizados de todas las cartillas de ahorro, cuentas corrientes, bonos, acciones, láminas a plazo fijo, etc..
- Certificado de pensión/es actualizada/s o carta de revalorización (a excepción de las pensiones del INSS, de cuyos datos se dispone en el Area de BienestarSocial)
- Ultima nómina o nóminas en caso de que sean variables y contrato de trabajo
- Entidad bancaria y número de cuenta corriente por medio del cual se realizara el pago del precio publico correspondiente al beneficiario/a.
- Cualquier otra documentación que a juicio de los servicios sociales municipales sea de interés.
En caso de que el servicio solicitado comprenda la realización de servicios de apoyo domestico o vaya dirigido a la atención de familias con menores a cargo, la documentación habrá de referirse también al cónyuge o pareja de hecho de la persona solicitante y al resto de las personas que convivan en el domicilio
Nota:
es obligatorio el uso del impreso específico indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Cantidad a abonar
- La persona usuaria deberá abonar un precio público que será calculado teniendo en cuenta su capacidad económica. Para la fijación de dicha capacidad se tendrá en cuenta la renta y el patrimonio de todas las personas beneficiarias del Servicio.
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 2 días
- Plazo legal: 2 meses
- Sentido del silencio: Negativo
No hay lista de espera y habitualmente el servicio se pone en marcha entre 2 y 5 días. Los casos urgentes se resuelven en 24 horas
Pasos del procedimiento
Petición de cita previa en Servicios Sociales
- Entrevista con el/la Trabajadora Social para realizar el análisis de la necesidad
- Comprobación de cumplimiento de requisitos
- Registro de la solicitud y documentación
- Análisis de necesidades por parte del/a trabajador/a social, valorando a través de visitas domiciliarias y entrevistas los siguientes aspectos:
- Las necesidades de apoyo para la realización de las actividades básicas de la vida diaria y para la realización de las actividades instrumentales
- La situación socio-familiar
- La situación de la vivienda
- La situación económica.
5. Resolución de concesión o denegación
6. Notificación a la persona interesada
7. Puesta en marcha del servicio
8. Cobro mensual del precio público a la persona usuaria por parte de la empresa prestataria del servicio
9. Seguimiento por parte del/la Trabajadora Social para realizar la adecuación y modificaciones pertinentes en el Servicio
Responsable de la tramitación
Departamento: Dirección de Acción Social
Normativa
Trámites relacionados
Otra información de interés
Los objetivos de este servicio son:
- Prevenir y/o compensar la pérdida de autonomía, prestando ayuda para realizar las actividades de la vida diaria y/o para mantener el entorno doméstico en condiciones adecuadas de habitabilidad.
- Prestar apoyo a las personas cuidadoras que constituyen la red natural de atención.
- Favorecer la integración de las personas usuarias en su entorno comunitario evitando situaciones de aislamiento.
- Mejorar el clima convivencial mediante intervenciones tendentes a evitar situaciones que entrañen algún riesgo.
- Servir como elemento de detección de situaciones de necesidad que pudieran requerir la intervención de otros servicios.
NO se prestarán los siguientes servicios:
- Compañía y paseos
- La atención a otras personas que integran la unidad convivencial, que no hayan sido contemplados en la valoración de los servicios técnicos municipales
- Aquellas actividades domésticas cuya realización favorezca directamente a las demás personas que integran la unidad convivencial
- Tareas de carácter sanitario, que precisen una formación específica del personal que lo realiza, como poner inyecciones, tomar la tensión, colocar y quitar sondas, tratamiento de úlceras y escaras, suministros de medicación que impliquen conocimientos específicos y otros similares
- Limpiezas no especificadas en el apartado anterior
- Todas aquellas tareas que no estén recogidas en el informe social de los servicios técnicos municipales
Tiempo mínimo de prestación de la ayuda: 30 minutos a la semana
Protección de datos